Y SEGUNDA PARTE
Nota.-El 20 de septiembre de 1783 estuvo en Castellón el P. Salinas, Vicecomisario General entonces de la Orden Franciscana. A la entrada pública concurrieron, además de los franciscanos, representantes de las otras tres comunidades. Los Prelados y otros religiosos llevaron las varas del palio. (Rocarfort, número 40.) Véase lo que dejamos dicho de sus viajes en las págs. 82-83 del número 3 de MACANAZ.
IV. Obispo de Tortosa (1700-1814).
El aviso que había recibido el P. Salinas y que menciona su sucesor el P. Company, se refería a la determinación regia de presentarle al Papa para el obispado de Tortosa y a las consultas que precedían a tal determinación. Ello bastó para que la Gazeta de Madrid, en su número de 19 de enero de 1790, publicara el nombramiento del ex-Comisario General de los Franciscanos al obispado de Tortosa, mientras que la presentación oficial a la Santa Sede no se hizo al parecer hasta el mes de marzo (66). El Papa Pío VI preconizó al P. Salinas obispo de Tortosa el 30 del mismo mes, fecha primera de su pontificado (67). No sabemos dónde fué consagrado. ¿Tal vez en San Francisco el Grande, de Madrid? Por procurador tomó posesión de su diócesis el 29 de julio (68).
En el verano del mismo año visitó el Ilmo. Salinas la ciudad de Murcia, cuyos
cabildos catedral y municipal le enviaron comisionados que le saludaran oficialmente. Para ello designó el municipio en sesión extraordinaria el 25 de julio cuatro de sus miembros (69). Por su parte, el cabildo catedral elegía con el mismo fin al canónigo Portilla y al arcediano de Villena. El señor Portilla daba cuenta el 13 de agosto de haber cumplido: su misión (70). Por consiguiente, entre el 25 de julio y el 13 de agosto hay que poner la llegada del P. Salinas a la ciudad del Segura.
Esto escribíamos el año 1946. Hoy podemos precisar más. La visita del obispo Salinas a Murcia hay que colocarla entre el 6 y el 13 de agosto. Ya que a fines de julio y primeros días de agosto le hallamos en su patria chica administrando el sacramento de la confirmación. Confirmó a 896 personas en cuatro tandas: la primera en la parroquia el 31 de julio ; en Santa Clara, la segunda, el 1 de agosto; la tercera y cuarta, en San Francisco, y en casa de don José Morote de la Torre los días 3 y 5 de agosto, respectivamente (71).
VICARIO GENERAL.-Durante su permanencia en la capital levantina buscóse el obispo de Tortosa clérigos para su servicio. Ofreció la Provisoría y Vicaría General de su obispado al que era primer maestro de ceremonias de la catedral murciana, don Leonardo Hidalgo, que debió de salir para Tortosa en la segunda quincena de septiembre (72). El señor Hidalgo obtuvo previamente el permiso del cabildo murciano (73). El cabildo, empero, se lo concedió con alguna limitación, pues próximo a cumplirse el año de su ausencia decretó escribir al Provisor de Tortosa, intimándole que volviera o renunciara la maestría de ceremonias (74). No habiéndose cumplido esta orden -ignorarnos la causa-repitióla al año siguiente, 15 de septiembre: "Que por el secretario capitular se escriba a don Leonardo Hidalgo que no viniendo a egercer su oficio se proveherá la plaza de maestro primero de zeremonias en el mes próximo de noviembre" (75). El Provisor y Vicario General de Tortosa no quería perder su cargo en la catedral cartaginense por si no lograba afincarse definitivamente en la ciudad tortosina. Y temiendo que el cabildo de Cartagena llegara a las obras, requirió el consejo y ayuda de su señor (76). Salinas le mandó que se presentara al cabildo murciano para cumplir lo que éste le mandara, dándole una carta de recomendación, fechada el 7 de octubre de 1792, en la que expresaba al cabildo "que estimaría le (al señor Hidalgo) atendiese en sus pretensiones". El cabildo acordó el 13 de octubre "se contente a dicho señor Obispo manifestándole que aunque hasta ahora se ignoran las solicitudes de dicho don Leonardo Hidalgo, procurará el cabildo complacer a S. S. Ilustrísima en quanto tenga arvitrio y haya lugar" (77). Ya en Murcia, y después de haberse tomado los baños que su salud exigía (78), presentó don Leonardo un memorial el 3 de noviembre, al cabildo en el que pide "tenga a bien continuarle su permiso y licencia para ejercer el provisorato del obispado de Tortosa en que se halla y conservarle su acción o recurso a la plaza de primer magisterio en el caso que por las ocurrencias y vicisitudes del mundo no pueda lograr colocación o decente manutención" (79). Haciéndose cargo el cabildo de estas razones, y sobre todo para contentar al Ilustrísimo de Tortosa, concedió a don Leonardo el permiso que solicitaba, pero limitándolo al "tiempo de la voluntad del cabildo", conservándole al mismo tiempo el derecho a la plaza de primer maestro de ceremonias y nombrando a don Félix José Gert y a don Francisco Zaragoza maestros primero y segundo, respectivamente, con el sueldo de trescientos y doscientos ducados de la Renta de Fábrica de la catedral por el solo tiempo que ejercieren (80).
En consecuencia, don Leonardo volvió a Tortosa, donde todavía desempeñaba el cargo de Vicario General el año 1794. En 1799 había vuelto a Murcia, de cuyo cabildo formaba parte como racionero medio. Provisor y Vicario General de Tortosa era el canónigo de su iglesia, don Jaime Segarra, que lo fué hasta la muerte del P. Salinas (81).
SALINAS EN TORTOSA Y CASTELLÓN.-Sólo a fines del año 1790 entró el obispo en la capital de su diócesis. El 11 de diciembre llegó a Castellón de la Plana, donde fue recibido y saludado por las autoridades y pueblo con grandes muestras de regocijo y satisfacción. El cronista castellonense, P. José Rocafort, agustino, nos ha conservado los detalles de la venida del P. Salillas. Al convento de San Francisco, situado en las afueras, llegó a las tres de la tarde del día once. "Y aviando sido cumplimentado por el reverendo clero-escribe el P. Rocafort-, comunidades (de ésta nuestra fueron seys religiosos) y demás peronas de distinción, en la celda prevenida para dicho acto, tomó el coche y se encaminó por la calle del Medio al convento de religiosas capuchinas, y entrando en su iglesia y dada la bendición a la comunidad en la reja se pasó a las puertas, en donde se detuvo rosa de media hora en compañía de la comunidad, y, despedido de ella, se fué al convento de Santa Clara, en donde tomó un refresco, haciéndole corte toda la comunidad, manifestándose en todos estos lugares con tanta alegría y afabilidad que todos los concurrentes se hacían lenguas de su buen trato, y en esta villa se dió a conocer su venida con los toques de campanas de parroquia y comunidades que casi no pararon desde las tres oras hasta las seis y media, en que se restituyó al dicho convento de San Francisco, desde donde al día siguiente, a las siete de la mañana prosiguió su viaje a Tortosa, tocando también las campanas a su salida" (82).
El P. Salinas hizo la entrada solemne en la capilla de su diócesis el 19 de diciembre (83), quedándose en ella toda la primera parte del año 1791, pues no vuelve a las páginas del diario del P. Rocafort hasta el 28 de julio, que pernoctó en Castellón de paso para Villarreal, donde con gusto muy de hoy se celebró aquel año el centenario de la canonización de San Pascual Bailón. El primer día de las fiestas el obispo celebró de pontifical con toda magnificencia. Durante dos meses se entretuvo Salinas en Villarreal y lugares circunvecinos cumpliendo sus deberes pastorales. De allá volvió a Castellón, donde pasó el invierno 1791-92 (84).
No era nuevo que un obispo de Tortosa invernara en la villa de la Plana Don Pedro Cortés y Larraz, que antes que obispo de Tortosa fuera arzobispo de Guatemala, habitó en Castellón el invierno le 1783-84, y celebró Ordenes dos veces (85). Pero ninguno de los antecesares de Salinas llegó como él a morar en la villa la mayor parte del año, convirtiéndola de hecho en su residencia habitual.
No sabemos cómo ni por qué surgió en Salinas esta preferencia. Lo cierto es que la sintió desde muy a los principios de su pontificado. Al volver a Tortosa el 31 de marzo de 1792 ya tendría el designio y el proyecto de construirse un palacio. En efecto, las obras empezaron el mes de junio siguiente, siendo arquitectos de la obra el carmelita Fr. Joaquín del Niño Jesús y Nicolás Dolz, y encargado, don Miguel Tirado. Se gastaron 30.000 libras. Salinas estrenó el palacio el 8 de marzo de 1795. El revocado exterior se le dió más tarde, el año 1802. El edificio, amplio y hermoso, gozando además del desahogo de una huerta (86), permitió al obispo ofrecer digno hospedaje a los reyes de España y a otras personas ilustres que a lo largo de su pontificado transitaron por Castellón o se llegaron a la ciudad para visitarle.
A las largas permanencias de Salinas en la ciudad se debe que su nombre, sus actos de gobierno y su intervención en la vida cotidiana dieran materia abundante a la diligente curiosidad del P. Rocafort, dispuesto a no dejar acontecimiento de algún relieve sin su correspondiente nota.
El diario del cronista agustino es una fuente de caudal copioso y cristalino. Aunque geográficamente no se extiende más allá de los límites del municipio castellonense y alguna vez de su comarca, ofrece no obstante buena suma de datos para poder afirmar que el obispo Salinas no fué remiso en el cumplimiento de sus obligaciones, antes puso el mayor empeño en llenarlas debidamente, al menos en lo que concierne a la parte valenciana de su diócesis.
ACTTVIDAD PASTORAL DEL P. SALINAS.-Acabadas las fiestas centenarias norias de la canonización de San Pascual Bailón, el obispo se quedó en la región valenciana hasta el 31 de marzo de 1792, primero practicando la visita pastoral en las parroquias de Villarreal y lugares circunvecinos y después, desde el 21 de septiembre, en Castellón. Fué a hospedarse en el convento de San Francisco, situado en las afueras. Los días 23 y 24 confirió Ordenes a 117 clérigos en la iglesia parroquial, y el 25 hizo la entrada solemne, acompañado de las autoridades y pueblo, con grandes manifestaciones de contento y satisfacción.
Practicó la visita pastoral con calma y detenimiento ; se tomó para hacerla los últimos meses de 1791 y primeros de 1792. Para mejor atender a las necesidades espirituales de la población erigió en ayudas de parroquia las iglesias de la Sangre y San Miguel, inaugurándolas con toda solemnidad los días 11 y 18 de marzo de 1792.
Dio Ordenes extra tempora a los regulares en las iglesias de San Francisco y Santa Clara. Repitió las Ordenes en esta iglesia el 17 de diciembre, el 18 en las capuchinas y el 21 otra vez en San Francisco. Todavía dio otras tandas en Santa Clara, los días 3 y 24 de marzo. Administró el Sacramento de la Confirmación en las iglesias de la parroquia y en Santa Clara y capuchinas.
El 31 de diciembre de 1791 presidió, revestido de pontifical, el traslado del Santísimo Sacramento al sagrario de la nueva iglesia de Benicasim. Había costeado la construcción del templo el canónigo Francisco Pérez Bayer, preceptor de los infantes de España, bibliotecario de Palacio, quizá más conocido por haber asociado su nombre al del autor de la Biblioteca Hispana en los hermosos volúmenes salidos de las prensas de Ibarra. Con igual esplendidez sufragó el insigne patrono los gastos de la fiesta del día 31 de diciembre, obsequiado al obispo y numerosos invitados con suculento banquete y repartiendo a los pobres setencientas raciones de pan, carne y arroz (87).
Como se ve, no es despreciable el balance de la actividad del Padre Salinas en el primer invierno que pasó en Castellón. De las notas del P. Rocafort fluye la figura del obispo dinámica y activa.
En adelante no nos dice el cronista si el P. Salinas hizo alguna otra visita pastoral en Castellón. Hay que suponerlo por el número de Confirmaciones que administró durante varios días los años 1800, 1803 y 1806. En el primero de estos años confirmó a 3.275 personas del 11 al 17 de noviembre (núms. 213, 353, 281). Confería Ordenes varias veces al año, siendo escenario de tan emotiva ceremonia la iglesia de Santa Clara hasta el año 1795, en que las celebró por primera vez en las Témporas de la Santísima Trinidad en el oratorio de su palacio. Son las últimas que anota el cronista, advirtiéndonos que, aunque las hubo en años sucesivos, no las consigna en las páginas de su diario (núm. 131).
El año 1793, en la iglesia mayor de la villa, impuso la ceniza, y luego consagró los santos óleos. Repitió el imponente rito de la consagración de los santos óleos los anos 1795 y 1797 en Santa Clara (números 87, 93, 129, 147).
No había en aquella época hecho de importancia nacional o de interés local que no fuese aprovechado para volverse a Dios implorando su protección con unas rogativas o dándole gracias con un Tedéum. El diario del cronista agustino abunda en acontecimientos de esta naturaleza. De ordinario el obispo prescribía las preces y rogativas y asistía a ellas y aun predicaba si el caso lo exigía. En la imposibilidad-e inutilidad-de reseñarlas todas, recordamos sólo las rogativas públicas que prescribió el ano 1793 del 12 al 14 de abril, al estallar la guerra con la República francesa. Y las que ordenó en agosto de 1794, cuando la suerte de las armas se tornó contra España. El 24 del mencionado mes asistió a las que hacían en la iglesia mayor y a la misa que se cantó a continuación. El obispo predicó, exhortando a los fieles a implorar el favor del Altísimo para la Patria amenazada y pidiéndoles que los que pudieran ayunaran todos los viernes mientras durase la guerra (núms. 95, 1 19).
Anuló o mitigó la obligación de guardar como de precepto las fiestas de los Patronos de la villa, San Roque y San Cristóbal. En cuanto a la de San Roque, la abolió el año 1793, "por carecer de fundamento", manteniendo, sin embargo, para el clero la obligación de celebrar la misa solemne y procesión Y en cuanto a la de San Cristóbal, declaró en 1806 que sólo obligaba a oír misa, pero no a trabajar (núms. 99, 289).
Para evitar jugarretas tan pesadas como la que hicieron al sacristán de la iglesia mayor en la noche del 30 de diciembre de 1797 y precaver graves profanaciones del Santísimo Sacramento, prohibió el obispo llevar de noche el viático a los enfermos, salvo gravísima urgencia y con ciertas condiciones (núm. 152).
El bautismo de una niña hija de protestantes ingleses planteó al P. Salinas una cuestión canónicomoral que no se abrevió a resolver de golpe. Llamó a consulta a los prelados de las Comunidades religiosas, y después de algunos titubeos, originados por si los padres no consentían en la educación católica de su hija, permitió se la bautizara. Prohibió, empero, que la madre "saliera a misa como las señoras católicas", y si sólo autorizó, a petición del padre de la criatura, que fueran a la iglesia a dar gracias a Dios privadamente, no a hora en que se celebrara acto alguno de culto. Al bautizo, tenido el 21 de agosto de 1802, asistió lo más granado de la villa (núm. 241).
Terminemos esta enumeración resaltando que tuvo el obispo cuidado de poner a las conciencias encenagadas en la ocasión de purificarse mediante el beneficio de las santas Misiones. El año 1805-y lo mismo en 1792-invitó a darlas a los misioneros del convento franciscano de Santo Espíritu Monte, celebre en toda la región valenciana (88). La Misión, dada por tres misioneros, duró quince días. El obispo presidió la convocatoria el 30 de noviembre, portando un crucifijo en las manos (núm. 277).
FERVOR MARIANO DEL OBISPO.-Consecuente con su educación franciscana, manifestóse siempre el obispo Salinas como fervoroso amante de María en el Misterio de su Inmaculada Concepción, procurando dar a su fiesta todo el esplendor posible. Varios años ofició de pontifica} el día de la Inmaculada en la iglesia de las clarisas, y presidio la procesión que desde antiguo celebraba la Cofradía de la Purísima, con asistencia de la Comunidad de San Francisco. Salía de Santa Clara. En 1792 participó también, el clero de la villa, si bien no colegialmente.
Expresamente no consigna el P. Rocafort más que los años 1791, 1792, 1799 y 1807. Mas es fácil suponer que también en otros oficiaría de pontifical el día de la Inmaculada, como el ano 1796, que pidió y obtuvo del Municipio que se tocaran las campanas del miguelete la víspera de la fiesta, a mediodía y a las Avemarías, anunciando al pueblo la solemnidad del día siguiente. "Lo que hasta ahora-puntualiza el cronista-no se avía practicado." Y al reseñar la fiesta del año 1799 y la participación de la villa, se dice en nota posterior que se continuaba la costumbre de tocar las campanas del miguelete la víspera y en la procesión del día 8 (89).
PROTECTOR DE LAS CLARISAS. - Como ya habrá observado el sintió el P. Salinas especial predilección por las clarisas. Y, ciertamente, fué para ellas protector espléndido, distinguiéndolas sobre todas las Comunidades de Castellón. La iglesia de Santa Clara fué para el obispo como su catedral. En ella celebró Ordenes, Confirmaciones y pontificales El P. Salinas remuneró largamente a las religiosas, invirtiendo 11.000 libras en la total restauración de su iglesia, a más de las alhajas de sacristía que les regaló. Vale la pena de transcribir nota del P. Rocafort : "En el año 1806 se empezó a renovar y lucir la Iglesia del convento de religiosas de Santa Clara, de esta villa de Castellón, y hazer los altares nuevos, como al presente se ve ; y se concluyó en el mes de noviembre de 1807, todo a expensas del illustrísimo señor obispo de Tortosa Salinas ; y su total gasto passó de once mil libras, sin contar muchas casullas, albas y otras piezas de ropas que dicho señor illustrísimo regaló para la sacristía ; y a más las muchas piedras preciosas que mandó poner en el viril, especialmente un topasio de grande magnitud y brillantes, jamás vistos por estas tierras, al decir de los peritos."
El 12 de noviembre de 1807 consagró la iglesia, e hizo por la tarde la traslación del Santísimo al sagrario. El pueblo se sumó a la fiesta, iluminando las fachadas los días 11 y 12 (núm. 316).
Un detalle falta, con todo, en la minuciosa descripción del cronista castellonense: las pinturas al fresco con que mandó decorar la bóveda del templo y los cuadros de los altares, debidos al pintor morellano Joaquín Oliet (90).
El año 1798 había regalado a la imagen de la Santa fundador a un hábito nuevo. El obispo, con la Comunidad de franciscanos, asistió a la procesión de la tarde del 12 de agosto, en que la Santa lucía el nuevo hábito (núm. 165).
En la muerte de sor María de la Concepción Tirado determinó Salinas que las Comunidades religiosas fueran a la iglesia de las clarisas a cantar una vigilia de difuntos por la difunta por no haber podido hacerlo en su día, va que murió el Jueves Santo de 1797 (91).
El 16 de abril de 1799 dio la profesión solemne a sor Francisca de Paula Polo y Mondina, haciendo la plática a la reja de la iglesia (número 192).
Ese mismo año obtuvo licencia de la Santa Sede para que sor María del Rosario Febrer saliera con el fin de cuidar su salud-cosa que no logra la completa aprobación del cronista-, dándole la primera noche albergue en su palacio (núm. 197). El P. Rocafort le llama un sí es no es zumbonamente: "la monja del señor obispo Salinas'' (número 208).
Esta benevolencia del obispo para con las clarisas contrasta con la actitud no tan benévola que observó con las capuchinas. Como consecuencia de la visita pastoral de 1791-92 prohibióles desarrollar ciertas pequeñas industrias, y mandóles construir un coro sobre las puertas de la iglesia. El buen cronista agustino expresa su admiración, desaprobativa a mi ver, por lo del coro, y su descontento en puntos suspensivos por lo demás (núm. 79).
RELACIONES CON EL GOBERNADOR Y CON LA VILLA.-No obstante ciertos episodios que pudieran haber agriado las relaciones con la villa y el gobernador don Antonio Bermúdez de Castro, puédese afirmar con un moderno escritor que las relaciones entre ambos personajes fueron cordiales y que el obispo hizo cuanto pudo para el mantenimiento de buenas relaciones (92).
Murió el año 1797 la esposa del gobernador. El entierro y las exequias fueron como correspondía a la categoría de la persona. Siguiendo su costumbre, el P. Rocafort se goza en la minuciosa descripción de los detalles del funeral y del catafalco. "Pero lo que más golpe dió en dicha función-añade-fué el modo de tocar a muertos las campanas del miguelete", casi en la misma forma que solía hacerse a la muerte de los obispos. Salinas presentó la oportuna protesta. Mas la villa la rechazó, respondiendo el alcalde mayor desenfadadamente "que si su illustrísima mandava en el púlpito, la villa era dueña de las campañas". "Mala respuesta por ser de etiqueta y a un señor obispo", comenta sentencioso el cronista, escandalizado del hecho y de la descortesía del munícipe, irritado a su vez porque el obispo no había querido que hubiera sermón fúnebre (núm. 145).
El incidente, sin embargo, no turbó las; buenas relaciones de las autoridades. La amistad de Salinas con Floridablanca había librado en 1791 al alcalde de Castellón de pagar una multa que le impusiera la Audiencia de Valencia y de hacer un gasto no pequeño de su propio peculio (núm. 74). Y en 1792 y 1798, que la villa tuvo diferencias con el clero, el obispo hizo de complaciente y feliz componedor (93).
Con el gobernador coincidía el obispo en sus afanes de renovación urbanística. Veíaseles concurrir a actos públicos, celebrados en algunas ocasiones de común acuerdo. Padrino de la última hija del gobernador fué el secretario de Cámara del Obispado, con permiso, naturalmente, de su señor (94). Y al morir la niña permitió el P. Salinas que fuera enterrada privadamente, sin rito alguno religioso (núm. 155). En la muerte de don Antonio Bermúdez de Castro, en mayo de 1807, el obispo le visitó en su lecho de dolor, enviando su coche por el viático y asistiendo a la conmovedora ceremonia (núm. 305).
PERSONAJES ILUSTRES EN CASTELLÓN.-No podía ser que en el diario del P. Rocafort faltaran las noticias de aquellas personas que con su presencia quebraron el tranquilo discurrir de la vida cotidiana castellonense. Y como tienen relación con el obispo Salinas, les hacemos un hueco en estas páginas.
A Villarreal, procedente de Roma, de donde había huido después del desastre causado por las tropas francesas, llegó en mayo de 1798 el General de los carmelitas, Fr. Roque-el cronista ignora el apellido-. Y parte por la amistad que tuvieran, parte más bien por el deseo de informarse directamente de lo acaecido en la Ciudad Eterna, el P. Salinas marchó a visitarle a Villarreal. El mencionado General le devolvió la visita el 30 de mayo, invitándole el obispo a comer (número 161).
El 14 de noviembre de 1802 pernoctó en el Palacio Episcopal el P. Joaquín Company, arzobispo de Valencia y Ministro General de la Orden franciscana. Pocos días después Castellón vivía unas horas de entusiasmo desbordante con la presencia de los reyes de España, que estuvieron en la villa los días 23 y 24 de noviembre, pernoctando en el palacio del obispo. Este había llegado el 22 (núm. 247).
El 21 de julio de 1805 estuvo en la villa de la Plana el P. Miguel de Santander, capuchino, entonces obispo auxiliar de Zaragoza. A disposición del célebre predicador puso el P. Salinas "su coche, para que hiziese sus visitas por esta villa" (núm. 271).
El 21 de junio de 1806 volvió el arzobispo de Valencia, Esta vez expresamente para visitar al obispo Salinas, interrumpiendo la visita pastoral que hacía en la parte de su archidiócesis, cercana a la diócesis de Tortosa (núm. 288).
EL 6 de noviembre se nota la presencia del vicario general de la Orden franciscana en España, P. Miguel Acevedo. El obispo salió a recibirle y saludarle (núm. 314).
El 2 de febrero de 1808 se hospedó en el Palacio Episcopal la Reina de Etruria, hija de los reyes de España (núm. 322).
EN TORTOSA. CABILDO.-No parece que Salinas desatendiera la capital de su diócesis. Allí pasaba algunos, meses al ano, según se deduce del diario del cronista agustino (95). A fines del siglo XVIII ensanchó el Palacio Episcopal, construyendo la parte nueva en solares que él mismo comprara (96).
Empleó sus dotes de conciliador en arreglar las diferencias de su Cabildo. "En muy críticas circunstancias-reza su epitafio-unió los ánimos de las dignidades y canónigos de su Santa Iglesia" (97). Desde el año 1800 formaba parte del mismo don Máximo Moñino, sin duda de la familia de Floridablanca (98).
CUESTIÓN DE LAS DISPENSAS MATRIMONIALES.-A la muerte del Papa Pío VI el obispo Salinas mandó al clero de Castellón de la Plana que celebrara solemnes funerales por el augusto prisionero de la revolución. Al clero se unieron las Comunidades de religiosos, el Municipio y lo más lucido de la villa. El puntual cronista no se olvida de advertir: "Lo que hasta el presente jamás lo avían practicado en la muerte de otro Papa"; (núm. 199). El 18 de abril de 1800 se cantó un Tedéum en acción de gracias por la elección de Pío VII (núm. 206).
Entre estas fechas la Iglesia de España estuvo abocada a un cisma por obra de unos gobernantes pedantes e insustanciales. El 5 de septiembre de 1799-el Santo Padre había muerto el 29 de agosto- daba Carlos IV, a propuesta de sus ministros, el célebre Decreto en el que ordenaba a los arzobispos y obispos de sus reinos y dominios usaran durante la vacante de la sede romana "de toda la plenitud de sus facultades conforme a la antigua disciplina de la Iglesia, para las dispensas matrimoniales y demás que les competen".
Elegido Pío VII el 14 de marzo, dió el rey un decreto el 29 anulando el del 5 de septiembre del año anterior (99). Este Decreto, de ribetes cismáticos, fruto y exponente de las ideas regalistas del momento, fué rechazado con indignación por la mayoría del Episcopado español. El obispo de Tortosa se mantuvo fiel a Roma. No se halla su nombre entre los obispos que publicaron pastorales favorables al Decreto alabando el celo del rey (100) ni entre los que concedieran en virtud del mismo dispensas matrimoniales (101). Así queda justificado el elogio que se lee en el citado epitafio, calificando al P. Salinas de "adictísimo a la Sede Apostólica".
GUERRA DE EA INDEPENDENCIA.-Cuando más derecho tenía el obispo de Tortosa al reposo y a la tranquilidad, bien ganados por sus años y trabajos, vióse envuelto en el torbellino de la guerra y obligado a salir de su diócesis.
No sabemos dónde estaba, si en Tortosa o Castellón, el 2 de mayo. Parece que no estaba en la villa de la Plana. Al menos no se le menciona entre los asistentes a las fiestas que se hicieron el 30 de mayo con motivo de la proclamación de Fernando VII (núm. 327). Tampoco es probable que estuviera los días 19 y 20 de junio, en que el populacho cometió desmanes con los franceses y afrancesados, no obstante los esfuerzos del clero y Comunidades por evitarlos. Las turbas, enfurecidas por un patriotismo dudoso, registraron algunas casas, entre ellas el Palacio Episcopal, en busca de enemigos (núm. 331).
Ya le hallamos en Castellón a fines de julio, participando en las fiestas que se hicieron por la victoria de Bailén los días 25 y 26 del mencionado mes (núm. 332).
En la villa de la Plana estaba el mes de octubre y diciembre, prescribiendo rogativas por el acierto de la Junta Central Suprema y triunfo de España. El 16 de octubre celebró de pontifical (números 338, 341).
Su palacio sirvió de albergue los días 19 y 21 de marzo de 1809 a las religiosas franciscanas de Alagón, que venían huyendo de los franceses (núm. 349). El mes de agosto lo pasó Salinas en la villa, asistiendo de pontifical a las fiestas de Santo Domingo, Santa Clara y San Agustín (núm. 357). El 2 de febrero de 1810, a pesar de frisar en los setenta y nueve años, predicó en la misa del Espíritu Santo que precedió a la elección de los diputados de Castellón para la Junta de Valencia (núm. 365).
SALE DE LA DIÓCESIS.-Hasta entonces no había sufrido la villa en su propia carne las mortales dentelladas de la guerra, y el obispo había podido estar en medio de sus ovejas. Pero a principios de marzo de 1810 los franceses se acercaron a Castellón, amenazándolo. El día 9 realizaron una incursión, saqueando y matando. Antes había huido mucha gente ; las religiosas habían salido de sus clausuras por orden del limo. Salinas. También él abandonó la villa, yéndose a un pueblo, cuyo nombre calla el P. Rocafort. A principios de junio hubo otra amenaza de los enemigos, produciéndose como consecuencia la desbandada general hacia el Sur. El obispo se marchó a Alicante (números 366, 368).
Antes de salir de su diócesis había tomado las medidas necesarias para atender al bien espiritual de sus ovejas, nombrando dos gobernadores para el obispado. A don Jaime Segarra, su vicario general para la región catalana, y al secretario de Cámara y arcediano de Calla, don Antonio Martínez, para la valenciana. Los gobernadores prescribieron tres días de rogativas en el mes de abril de 1810 (números 367).
SALINAS, EN MALLORCA. POR LA RELIGIÓN Y LA PATRIA.-No sintiéndose seguro en Alicante, el obispo de Tortosa se refugió en Mallorca, al igual que otros obispos, canónigos y sacerdotes del continente. Allí permaneció desde principios del ano 1811 hasta el final de la guerra (102). El 28 de mayo de 1812, fiesta del Corpus, celebró los divinos Oficios en la Catedral de Palma, y meses después, el 11 de octubre, concedía cuarenta días de indulgencia a los asistentes al Oficio, sermón y Salve con que los tortosinos refugiados en Palma celebraban la fiesta de su Patrona, María Santísima de la Cinta (103).
El 12 de diciembre firmaba en Palma, juntamente con otros cinco obispos desterrados, una importante y muy interesante Instrucción pastoral, dirigida al clero y fieles de sus diócesis (104). Del análisis de la Instrucción resalta el celo con que nuestros obispos defendieron la religión católica, nervio de la nacionalidad española, de los ataques que le dirigían los secuaces del filosofismo francés en nuestra Patria. Hacía años se habían infiltrado las ideas nuevas en la Península, apareciendo en aquellos momentos tan difíciles la fisura latente en la sociedad española. A la vuelta de algunos años tales ideas triunfarían, vengando de esta suerte la derrota que sufrieran en el terreno militar los ejércitos napoleónicos (105).
En la Introducción (págs. 1-16, 3-15) (106) explican los obispos su silencio y dan razón de su escrito. Se defienden de los ultrajes que han sufrido, aun de parte de escritores sanos y bien intencionados, que les aplicaban "la nota de perros mudos con otras tan desagradables como éstas" (pág. 7). "Creemos, por lo que mira a nuestros diocesanos, que, en quanto pende de nuestro ministerio pastoral respecto de ellos, estarán satisfechos de que nada hemos omitido que pudiésemos y debiésemos hacer en su desempeño", ya dando facultades extraordinarias a sus vicarios generales o a otros eclesiásticos, ya atendiendo ellos mismos a las necesidades y casos que le exponían, ya dirigiendo de palabra a sus súbditos los avisos que la prudencia les aconsejaba no hacerlo por escrito" (págs. 9-10, 9-10).
El repetidamente mencionado epitafio del P. Salinas corrobora, por lo que a él. mira, la veracidad de estas afirmaciones: "En las funestas (circunstancias) de la dominación napoleónica, obligado a emigrar, adoptó los remedios más oportunos para el bien de su grey." No fueron al destierro los obispos por imposición de los invasores, que antes quisieran tenerlos propicios a sus planes, sino que los mismos obispos prefirieron ausentarse de sus diócesis antes que "prostituir-son sus palabras-su autoridad a los designios del enemigo" o "ser aprisionados o fusilados", no obstante que en el destierro, privados de sus rentas, soportan la pobreza y la miseria "en que ya viven algunos de ellos, y en que van a caer todos en poco tiempo" (107). Ciertamente, el destierro tenía que resultar trabajoso para hombres ancianos y achacosos ; el Ilmo. de Tortosa contaba más de ochenta años. Continúan diciendo que el fin de su carta es prevenir a los fieles del peligro que amenaza a la religión. "La religión de Jesucristo, que hemos jurado conservar pura en nuestra España, está en peligro, y el peligro es inminente, atendidas todas las circunstancias que nos rodean" (págs. 12 ; 12).
Dividen la pastoral en cuatro artículos. Tratan en el primero (páginas 16-54 ; 15-44) de los ultrajes hechos a los ministros de la iglesia ; en el segundo (págs. 55-92 ; 44-72), de los ataques a la disciplina y gobierno eclesiásticos ; en el tercero (págs. 92-164 ; 73-128), de }os atropellos a la inmunidad, eclesiástica, y en el último, de las impugnaciones dirigidas contra la doctrina de la iglesia (págs. 165-184 ; 129143). En las páginas siguientes recogen el "Resultado de las máximas perniciosas esparcidas por el libertinaje de la imprenta contra la religión y la Patria". El resultado es que España está al borde de una revolución como la francesa. La infiltración del filosofismo en España "nos anunciaba un trastorno general si no se remediaba a tiempo. Pero seguramente-añaden-no lo creíamos tan cercano hasta que ya no nos permiten dudar de ello tantos papeles impíos y escandalosos como aborta diariamente el libertinaje de la imprenta, que con el pretexto de ilustrar la opinión pública la corrompe para la ruina de la religión, de las costumbres y del Estado" (págs. 185 ; 143-4). Seguidamente hacen los prelados un paralelo entre la preparación de la Revolución francesa y la situación española, probando cómo en España se repetían uno tras otro los pasos que habían dado en Francia los enemigos del antiguo régimen. "Cierto es-dicen-que todo es copia, por no decir plagio, en nuestros filósofos españoles, monos siempre de los franceses" (págs. 194 ; 151). En la Conclusión (págs. 241-71 ; 187-209) exhortan al clero y a los fieles a seguir las normas que prescriben, a fin de preservar a España, católica todavía, mal que pese a sus enemigos, del peligro que la amenaza.
Además citan y renuevan (págs. 250 : 193) un edicto que dieran el 1 de julio del mismo año. Dirigido principalmente a condenar el Diccionario crítico-burlesco de Bartolomé Gallardo, en el que escarnece de la religión y sus ministros, declaran al fin prohibidos en sus diócesis todos los libros, papeles, estampas, medallas, etc., que lo estaban por el Santo Oficio, bajo las mismas censuras por él impuestas (108). Pretendían los obispos con esta medida suplir la inactividad en que yacía la Inquisición desde que fuera nombrado inquisidor general un "favorito de Godoy", y por aquellas fechas afrancesado, Jose de Arce, arzobispo de Burgos (109). De otra parte le amenazaban graves peligros al Santo Oficio. Había en las Cortes de Cádiz una fuerte corriente abolicionista, y los filósofos de nuevo cuño la atacaban ferozmente, no perdonando medio para desacreditarla. Los obispos desterrados en Mallorca se creyeron en el deber de intervenir, dirigiendo una Representación a las Cortes antes del 24 de mayo de 1812. Pedíanles que restablecieran la Inquisición en su ejercicio (110). La intervención valió a los obispos una nutridísima salva de insultos, denuestos y dicterios, con que les obsequiaron los libelistas de los periódicos gaditanos, que hasta entonces se habían mostrado con ellos deferentes y hasta aduladores. El ataque creció al publicarse la Instrucción pastoral (111).
La enérgica actitud de los obispos equivalía a una aprobación pública de la labor realizada en pro de la religión y de la Patria por escritores salidos de las filas del clero secular y regular. Jefe de este movimiento literario en Mallorca era el franciscano P. Raimundo Strauch Vidal, luego obispo de Vich y mártir. Sin duda que el obispo de Tortosa le animaría en su campaña contra los difamadores de la religión, como animara también a otro franciscano, Fr. José Doménech, colector de limosnas para Tierra Santa, a trabajar por ella (112). El P. Salinas figura entre los suscritores a los cuatro tomos de las Memorias para servir a la historia del Jacobinismo, del abate Barruel, traducida por el P. Strauch (113).
MUERTE DEL P. CALINAS.-Llegada a Mallorca la noticia de la evacuación de Tarragona por parte de Souchet, salió para Castellón el obispo de Tortosa (114). Sin embargo, el cronista agustino, siempre tan atento al movimiento de la villa, olvida de decirnos la fecha del regreso del obispo, que sólo vuelve a las páginas del Libro de cosas Potables el día de su muerte. "Entre siete y ocho de la tarde del día 11 de junio de este año (1814) murió en el Palacio Episcopal de esta villa de Castellón de la Plana el ilustrísimo señor obispo don Fr. Antonio Josef Salinas y Moreno, de ochenta y tres anos."
El entierro no se hizo hasta el día 14. La tarde del 13 cantaron las Comunidades de Castellón parte del Oficio de difuntos, distribuido en la siguiente forma: los capuchinos, vísperas ; los franciscanos, el primer nocturno ; los agustinos, el segundo, y los dominicos, el tercero. En la mañana del 14 el clero cantó laudes. Y a continuación el clero, las Comunidades y seis canónigos de Tortosa acompañaron el cadáver a la iglesia de las clarisas, donde se cantó un funeral solemne, predicando el magistral, don Manuel Ortells. El obispo fué sepultado en la iglesia de sus protegidas, que él había restaurado, queriendo obligarlas más a tenerle presente en sus oraciones y sacrificios (115). La tumba estaba al pie del presbiterio, y le puso la lauda sepulcral el arcediano de Calla y su secretario de Cámara, don Antonio Martínez. Con ella cerramos estos datos biográficos del obispo Salina :
D. O. M.
Aquí yace el Ilmo. y Rvdmo. Señor
don Fr. Antonio Josef Salinas y Moreno,
natural de Hellin; de Comisario General
de la Religión Franciscana en España,
fué promovido al obispado de Tortosa,
y lo gobernó veinticuatro anos cumplidos.
En muy críticas circunstancias unió los ánimos
de las dignidades y canónigos de su Santa Yglesia.
En las funestas de la dominación napoleónica,
obligado a emigrar, adoptó los medios
más oportunos para el bien de su grey.
Tranquilizado con el retorno del suspirado
Rey Fernando VII, y vista la deseada
libertad de la diócesis y de su capital,
murió en Castellón de la Plana el 11
de junio de 1814, a los 82 años, 3 meses
y 19 días de edad. A tan venerable prelado
adictísimo a la Sede Apostólica,
succesor de la de San Rufo,
perfecto alumno de su Patriarca
y liberal protector de este convento,
dedica esta memoria D. Antonio Martínez, Arcediano de Calla (116).
* * *
La posteridad, sin embargo, no le ha dejado en la paz de su sepulcro ni ha respetado su obra, que le acredita de mecenas del arte (117).
El palacio, desamortizado sin duda por las leyes de 1835, fué dedicado a oficinas de servicio público, sufriendo frecuentes cambios en su disposición interior (118). Las clarisas del monasterio castellonense se trasladaron en 1836 al convento de San Pascual de Villarreal, siendo el monasterio transformado en Centro de Segunda Enseñanza, y no hace muchos años, derribado (119). Permaneció la iglesia dedicado al culto, tal como saliera de la renovación del limo. Salinas, mas la piqueta comunista la destruyó en 1936, pese a los esfuerzos del alcalde y del cronista de la ciudad, salvándose sólo los lienzos de los altares conservados en la casa-abadía de Castellón, la hermosa imagen de la Purísima que campeaba en el altar mayor-la iglesia le estaba dedicada., "obra acaso de talleres murcianos" (120), y la lápida del sepulcro, transportada a la nueva arciprestal (121).
Mucho hay que investigar todavía para aclarar perfectamente el pontifiado del Ilustrísimo Salinas; los archivos de Tortosa y Castellón están por explorar a este respecto. Con todo se puede adelantar que Salinas fué de carácter flexible y algún tanto impulsivo en el gobierno y firme en la defensa de la doctrina católica y de la patria. Emprendedor y activo, supo imprimir la huella de su personalidad en las obras que promovió.
Bien merece un recuerdo en su patria, Hellín, y en Castellón, su patria adoptiva (122).
APÉNDICES
I
Partida de nacimiento de Francisco Javier Salinas y de casamiento
de sus padres.
Dn. Pedro Muñoz, presbitero, beneficiado y cura proprio de la parroquial de Sta. Maria de la Asumpcion de esta villa de Hellin, certifico en la mejor forma aber abierto el archibo que ai en dicha parrochial, el que consta de tres llabes y sirbe para custodiar los libros de baptismos, belaciones, entierros y otros papeles y entre estos saqué uno de baptismos que es el octabo el que consta de 415 fojas utiles y al folio 143 ai uno que es como se sigue:
Mote. En la billa de Ellin a tres dias del mes de diciembre de mil seiscientos noventa y siete años, yo, Dn. Juan Izquierdo Abellan, cura theniente de la parrochial de ella chrisme a Francisco Xavier, hijo de Dn. Manuel Salinas y de Da. Francisca Valenciano Lobo y por necesidad que tuvo lo baptizo el Ldo. Lobo, presbitero de dicha villa y lo firmé. Juan Izquierdo Abellan.
Asi mismo saqué otro de desposorios que es el tercero el que consta de 332 fojas útiles y a el folio 193 ai uno que es como se sigue :
Mote. En la villa de Hellin en treinta dias del mes de agosto de mil seiscientos y nobenta y tres anos yo, Juan Izquierdo Abellan, cura ecónomo de la parrochial de ella, abiendo precedido los requisitos que el Sto. Concilio de Trento manda y no abiendo resultado impedimento alguno desposó en faz de la Sta. Madre Iglesia a Dn. Manuel Salinas y Marín, hijo de Dn. Francisco Salinas Marin y de Da. Isabel de Abellan, naturales de la villa de Zieza con Da. Francisca Balenciano Lobo, hija de Dn. Patricio Balenciano y de Da. Gertrudis Lopez Lobo, vecinos de esta billa. Fueron testigos Damian de Ontiberos, Francisco Martínez Chumillas y Dn. Pedro Gines de Belasco y lo firmé. Juan Izquierdo Abellan.
Conquerdan dichos motes con sus originales los que debolbi a dicho archibo a los que en todo tiempo me remito y para los efectos que aia lugar y conbenga a pedimento de esta parte doi la presente que firme en Hellin y malo diez y nuebe de 1772 años.
Dot. Dn. Pedro Muñoz (rubricado).
II
Testamento de Francisco Javier Salinas. Hellin, a 11 de agosto de 1737.
(Archivo de Protocolos de Hellin, Registro de Francisco Sierra de Robles, 1737, ful. 73r-74v.)
Al margen: Testamento de D. Francisco Xavier Salinas, vecino de esta villa de Hellin.
In Dei nomine amen. Sepan quantos esta carta de testamento vieren, como yo don Francisco Xavier Salinas, vecino de esta villa de Hellin,
Lo primero encomiendo mi anima a Dios Nuestro Señor que la crió y redimió con su preciosa sangre, muerte y pasion y el cuerpo mando a la tierra de cuio elemento fui formado, el qual fallecido quiero y es mi voluntad que cubierto con el abito y cordon de Nuestro P. S. Francisco sea sepultado en la iglesia parroquial de esta dicha villa en la sepultura donde está enterrada Dona Francisca Valenciano, mi difunta madre, porque así es mi voluntad.
Item, que acompañen a mi cuerpo y a la santa Cruz de la parroquia el cura y sacristán y siendo ora de celebrar se diga por mi anima una misa cantada con diaconos [sic] y por ofizio el [que] se acostumbra por dichos cura y sacristán ; que así es mi voluntad.
Item, que el día de mis honrras se me digan los mismos oficios que los del día del entierro.
Item, mando se den a los Santos Lugares de Jerusalen y redempcion de captivos a cada uno un real de limosna y a las demas demandas que piden por la iglesia cuatro maravedises a cada una.
Item, mando se digan por mi anima veinte misas rezadas del oficio que rezare nuestra santa madre la Iglesia al tiempo de su celebrazion de por mitad en dicha parroquial de esta villa y convento de Nuestro Padre S. Francisco de ella y se dé de limosna por cada una a dos reales y la cera ; que así es mi voluntad.
Item, declaro devo al pasito de esta villa doscientos y más reales que a punto fixo no me acuerdo y constan de un vale firmado de mi mano ; mando se paguen de mis vienes.
Item, declaro devo al estanquero del tavaco de esta cilla setenta rales ; mando se le paguen.
Item, declaro me deve Gaspar Martínez [o Sanchez?], vecino de esta villa trescientos ochenta y siete reales ; mando se cobren.
Item, declaro me deve don Miguel Moreno, mi cuñado, quarenta pesos de a ocho reales de plata cada uno ; mando se cobren del susodicho.
Item, declaro me deve Dn. Pedro Fernandez, vecino de esta villa sesenta reales y para esto me tiene dado tres libras de seda [ ?]; mando se ajuste la quenta y el residuo se cobre del susodicho.
Item, declaro me deve Pedro Salinas, mi primo, cinquenta y seis reales; Dña. Maria Zahaxona me deve quatro fanegas de trigo que las presté el año treinta y cinco y Dn. Blas de los Ríos Soriano, hijo de Dña. Alaria, me deve ocho pesos de a ocho reales de plata cada uno ; mando en todas dichas partidas se cobren de los susodicho. ; que así es mi voluntad.
Item, declaro me deve Dn. Manuel Cañete vecino y habitante de la ciudad de Andujar como heredero de D. Juan Criado del Caño del tiempo que este vivió en unas casas que poseo en dicha ciudad en la calle de Tintoreros, la qual cantidad no me acuerdo la que es ; mando se ajusten las quentas y se le pase en ellas lo que se declare por cartas o papel que el dicho D. Manuel Cañete hubiere mías, sacar lo recibido y la restante cantidad se cobre por mis herederos ; y en quanto al arrendamiento de las otras casas que poseo en dicha ciudad de Anduxar y la hacienda de Arxonilla se esté y pase por lo que Dn. Joseph Díaz, vecino de dicha ciudad, declarare ; y así mismo sobre las quentas que deve dar de dicho arrendamiento el citado Dn. Joseph Díaz solo se le tomen desde el año de mil setezientos y treinta y seis, porque las antecedentes las tiene dadas y constan de un papel que dicho Dn. Joseph Díaz tiene firmado de este otorgante, porque así es mi voluntad.
Item, declaro que por lo que me deven los vezinos de esta villa de igualas se esté y pase por el libro que de ellas tiene Pedro Cano, cobrador.
No me acuerdo dever ni que me devan otras personas ; mas si pareciere que lo devo o me deven mando se pague y cobre lo que se liquidare por buenas quentas ; que así es mi voluntad.
Item, declaro estoy casado y velado en faz de la nuestra Santa Madre Iglesia con Dña. Mariana Moreno, mi legitima muger, natural de la dicha ciudad de Anduxar, del qual matrimonio tenemos por nuestros hijos legítimos a D. Antonio, D. Carlos y Dña. Francisca Salinas o Moreno. Decláralo así para que conste.
Item, declaro que guando contraxe dicho matrimonio la dicha Dña. Mariana Moreno, mi muger, traxo a mi poder su dote el qual consta por escriptura publica que otorgué al tiempo de recibirlo ; mando se saque en primer lugar todo el importe de lo que dicha mi muger traxo a mi poder.
Para cumplir y pagar mi testamento nombro por mis alvaceas testamentarios y meros executores a la dicha Dña. Mariana Moreno mi muger, al Padre Fr. Antonio Salinas, mi hermano y a D. Francisco Salvador Valenciano, mi tío, a los tres juntos y a cada uno de por sí in solidum para que después de mi fallecimiento entren, tomen y aprendan [sic] de mis vienes los que bastaren y los vendan en publica almoneda o fuera de ella y cumplan y paguen este mi testamento y lo en el contenido lo más breve que pudiesen, sobre que les encargo las concienzias, y en el remanente que quedare de todos mis vienes, derechos y acciones havidos y por haver dexo, instituyo y nombro mis universales herederos de todos ellos a los dichos Dn. Antonio, Dn. Carlos y Dña. Francisca Salinas Moreno, mis hijos, y de dicha Dña. Mariana Moreno, mi mujer, para que los ayan, lleven y hereden por iguales partes con la bendición de Dios, nuestro Señor y la mía; que así es mi voluntad.
Por el presente revoco y anullo otro qualesquier testamento o testamentos, cobdizilo o cobdizilos, poder o poderes para testar que antes deste aya fecho y otorgado por escripto de palabra o qualesquier forma para que no valgan ni hagan fee en juizio ni fuera del, salvo este que aura otorgo ante el presente escribano publico y testigos, que quiero valga por mi testamento, cobdicilo o aquella escriptura que más aya lugar en derecho, por ser mi última y final voluntad ; en cuio testimonio así lo otorgo en la villa de Hellin a onze dias del mes de agosto de mil setezientos treinta y siete años. Siendo testigos el Dr. D. Blas de los Ríos Soriano, Pedro Cano y Antonio Garrido, vecinos de esta villa. No firmó el otorgante por la gravedad de su enfermedad ; a su ruego lo firmó un testigo. A todos los cuales yo el escribano doy fé conozco. Pedro Cano. Ante mi Francisco Sierra de Robles. (Rubricado.)
I I I
Decretos del P. Salinas, 1784, 1786 y 1787
(Archivo del convento de S. Buenaventura de Sevilla, Libro de Patentes de
Sta. María de los Angeles, 1768-1805, sin foliar)
1. El nuevo P. Provincial comunica a sus súbditos por carta fechada en Pedroche el 27 de octubre de 1784 los decretos del P. Comisario General, presidente del capítulo. Dice así:
"Determinó y mandó por santa obediencia nuestro P. Reverendísimo que todos los padres Lectores de filosofía enseñen por el curso filosófico del P. Ferrari y los padres lectores de Theología la enseñen por el P. Fr. Francisco Henno y los padres Lectores de Theología Moral la enseñen por el curso del P. Echarri ilustrado, sin que aya libertad en dichos padres lectores para omitir question alguna de las contenidas en dichos autores. Igualmente mandó su Rma. bajo el mismo precepto que los estudiantes ayan de dar lección por estos autores y que assí las conferencias diarias como sabatinas, mensales y conclusiones generales sean únicamente y al pie de la letra cuino las escriben y defienden dichos autores sobre cuya observancia celará con todo rigor el M. R. P. Provincial, privando irremisiblemente de la cátedra a los que assí no lo cumplan y observen.
En la provisión y compra de dichos libros para los respectivos conventos tendrá cuidado el P. Provincial de que todos los conventos contribuyan. Igualmente manda su Reverendísima por santa obediencia que en la toma de possesión de cátedras de filosofía y theología y en las conclusiones y jubilaciones por ningún modo se haga gasto alguno por padres lectores y solo se les permitirá dar un polvo de tabaco, pues los gastos que hasta aquí se han experimentado han sido ocasión de muchos inconvenientes y esto se entienda aunque algun seglar se ofrezca a hacer dichos gastos superfluos. Y por este mandado no se quita ni prohibe que los conventos en las conclusiones generales asistan a los huéspedes que vienen a argüir de otros conventos con una decente asistencia como hasta aquí se ha practicado.
Item: en cumplimiento de la obediencia a las leyes reales a las que como fieles vasallos estamos obligados a obedecer y en prueba de nuestra religiosa gratitud por lo mucho que nos distingue la real pie dad de su Magestad, que Dios guarde muchos años, no puede su Reverendísima [menos] de imponer graves penas contra los religiosos que olvidados de estas obligaciones fuesen defraudadores de las rentas reales. Por lo que desde ahora para entonces priva su Rma. de vez activa y pasiva e inhabilita para todos los oficios de la orden a cualquiera religioso que en tal delito delínquese y si fuese religioso lego se le extrañará de aquel convento y se le pondrá en la carcel por el espacio de tres anos, sacándolo a pública comunidad todos los viernes en los que comerá sólo pan y agua."
2. Patente del P. Provincial Andrés Iglesias, Sevilla 20 de junio de 1786, comunicando los acuerdos de la congregación capitular presidida por el P. Salinas. Por el decreto referente a los estudios manda se corte la facilidad con que los lectores dispensan la clase y ejercicios literarios por motivos de onomásticos del P. Provincial, Padres de provincia, P. Guardián, etc. A los contraventores si son guardianes castiga con la privación de su oficio por dos meses y lo mismo a los PP. Lectores. "Mas atendiendo su Rma. al desahogo y alivio que necesitan los empleados en las tareas literarias, se les permite el asueto en los quince días antes de Adviento y Quaresma, Baños y los ocho días de conferencia después de las generales: asimismo en veneración de nro. Sco. Doctor S. Buenaventura y honor de nuestro sutil Maestro no se tendrán en estos días lección ni conferencias."
Por lo demás, la dispensa de clase solo podrán darla los domingos y fiestas de guardar.
3. El P. Diego de Sta. Maria, Sevilla 5 de junio de 1787, comunica a sus súbditos las elecciones y decretos del capítulo celebrado bajo la presidencia del P. Salinas en Belalcázar. Hé aquí el decreto que nos interesa:
Item: manda su Rma. que para el mayor aprovechamiento de la juventud se establezca cátedra de Cánones en todas las casas de estudio de teología, los que leerán alternativamente los padres Lectores por un trienio cada uno, quedando al cuidado de la provincia asignar en los capítulos y congregaciones el que los aya de exarcer, como también el autor que se aya de seguir."
IV
Circular del P. Salinas prescribiendo oraciones por el rey; Madrid
20 de marzo de 1787. (Ibídern)
Fr. Antonio Josef Salinas, I actor Jubilado (...), a todos los religiosos así prelados como subditos de nuestra provincia de los Angeles salud y paz en nuestro Señor Jesucristo y toda consolación en el Espíritu Santo.
1.° Por más que nuestro reconocimiento nos empeñe en dar constantes pruebas de nuestra gratitud al Rey nuestro Señor, que Dios prospere, jamás desempeñaremos bastantemente las grandes obligaciones en que nos constituye la piedad y amor con que su Magestad distingue a la Religión de S. Francisco, N. Padre, tanto más interesada por esta causa en la felicidad espiritual y temporal de su real persona, quanto más experimenta la protección de un soberano que para hacernos bien siempre le vemos indulgente y siempre le hallamos inclinado y propicio.
2. Sí, Padres y Hermanos, nuestro agradecimiento será siempre inferior a la grandeza de su generoso espíritu. ¿ Cómo [no ?] será inmortal la memoria de su nombre: Notorio es al mundo como lo es a VV. PP. y RR., con qué liberalidad se ha manifestado su liberal clemencia en quantas ocasiones le ha buscado nuestra religión en sus urgencias y constante es igualmente el rasgo de caridad heroica con que su Magestad en estos días acaba de proporcionar y facilitar los socorros de nuestra propia subsistencia por su real cédula de once del último mes de febrero de que VV. PP. tienen individual noticia.
3. Sus mismas clausulas nos dan un irrefragable testimonio de la bondad de su espíritu y ellas serán un eterno monumento que, acreditando la dulzura de su religioso corazón, nos acordarán en todos los tiempos la más expresa obligación de ser agradecidos a S. M. En esta consideración y en la de dar a sus PP. y RR. pruebas incontestables de su real clemencia, piedad y devoción queremos participarles que habiendo pasado a su real sitio del Pardo, besando su mano y dándole las más rendidas gracias a nombre de toda la religión de S. Francisco, S. M. benignamente contestó diciendo: Yo les ruego que me encomienden a Dios.
4. En el fondo de una expresión como esta, ya ven VV. PP. y RR., ¡quanto hay de religión y piedad y quanto de dulzura y charidad cristianas! Quando así habla el corazón del Monarca ¿qué impresión tan viva deben hacer en nuestros corazones sus palabras? Y si las correspondencias que nos pide el soberano no es otra que encomendarle a Dios, veamos ahora si por algun instante podremos desentendernos de este encargo por tantos títulos digno de nuestro mayor aprecio.
5. A consecuencia, pues, y porque de algún modo desempeñemos la confianza de su M. y nuestra propia obligación, ordenamos a todos y n cada uno de los PP. Guardianes de nuestra dicha provincia, que luego que reciban estas nuestras letras hagan que con asistencia de toda la comunidad se cante una misa solemne a la Inmaculada Concepción de Nuestra Señora expuesto el Santísimo Sacramento. Concluida la misa y antes de reservar el Smo. Sacramento del Altar se cantará una rogativa con las antífonas, versos y oraciones respectivas de la Inmaculada Concepción, de N. P. S. Francisco y pro rege como está en el misal.
6. Desde el mismo día y perpetuamente durante la vida de nuestro catholico Monarca, al concluir las vísperas se dirán en el coro las mismas antífonas, versos y oraciones que dejamos significadas. Y porque estos sacrificios y oraciones que ofrecemos al Todopoderoso por la prosperidad, importante vida y salud del rey N. Señor sean recomendables ante su divina presencia e inmensa magostad encargamos in visceribus Jesucristi a todas VV. PP. y RR. que estos votos los encaminen al cielo con espíritu de verdadera humildad y contrición como quien seriamente desea que los adopte [acepte ?] la eterna Magestad.
7. Así mismo reiteramos y nuevamente amonestamos a VV. PP. y RR. que en todos sus sacrificios y oraciones públicas y pribadas, trabajos y penitencias y mortificaciones no solamente rueguen al Señor de las alturas por nuestro catholico Monarca, sí también clamen y humildemente rueguen a su divina bondad y clemencia por la felicidad espiritual y temporal de los príncipes, nuestros señores y por toda la real familia a quien el Señor de todo lo criado ahora y siempre llene de sus celestiales bendiciones. Armen.
8. Ultimamente mandamos al Rdo. P. Provincial de la citada nuestra provincia, que sin perder tiempo y en la forma acostumbrada haga publicar estas letras por todos sus conventos sin excepción de los que sean de nuestra inmediata filiación y con ellas reciban la bendición seráfica que a todos damos ex intimo carde en el nombre de N. S. P. S. Francisco. Dadas en nuestro convento de S. Francisco de Madrid en veinte días del mes de marzo de mil setecientos ochenta y siete. Fr. Antonio Josef Salinas, Comisario General. Por mandado de su P. muy Rda. Fr. Diego Molina, secretario general.
El P. Provincial de la provincia de los Angeles publicó la circular de Salinas, insertándolas en otras suyas datadas en Belalcázar el 3 de abril siguiente.
(66) J. M. Pou y Martí, "Índice", III, pág. 142 El texto de la "Gaceta" véase en AIA, VI, 72, n. 53.
(67) "Guía del Estado eclesiástico secular y regular de España... para el año de 1793" Madrid, Imprenta Real, pág. 193. Sobre la diligencia que ponían en informarse los autores de la "Guía", cfr. AIA VI, 72,"Viaje n. 54.
(68) J. L. Villanueva, "Viaje literario a las iglesias de España" V, Madrid 1806, 118. P. Gams, O. S. B., "Series episcoporum", Ratisbonae, 1873, 83.
(69) A IA, VI, 72, n. 56 y pág. 86.
(70) Archivo del Cabildo catedral de Murcia, libro 74, año 1790, f. 108 v.
(71) Archivo de la Parroquia de la Asunción, Hellín, libro primero de Confirmaciones, f. 74.-Noticia que debo al diligente historiador de su patria chica don Emiliano Martínez, a quien agradezco su fina atención.
(72) El señor Hidalgo estaba en Tortosa el 27 de noviembre. (Archivo del Cabildo Catedral de Murcia, libro 74, f. 173r-174r.) De la sesión del 15 de septiembre de 1792 se desprende que el Provisor de Tortosa marchó de Murcia a fines de igual mes de 1790. Sobre sus relaciones con los franciscanos, cfr. AIA, VI, n. 58.
(73) Así lo afirma su memorial que citamos más adelante.
(74) Acuerdos capitulares, libro 75, 1791, f. 93r-94r.
(75) Id., libro 76, 1792, f. 110v.
(76) lb., f. 121v.
(77) lb., f. 123v.-124r.
(78) Ordinario 19 de octubre de 1792, ib. f. 125r.
(79) Ib., 129r.
(80) lb., 130r. 131r.
(81) "Guía", 1795, 195 ; "Guía", 1800, 81, 223 ; "Guía" 1815, 234, 400.
(82) José Rocafort, O. S. A. "Libro de cosas notables de la villa de Castellón de la Plana" (1762-1829), editado por Eduardo Codina Armengot, Castellón, 1945, núm. 66.
(83) J.L.. Villanueva, obra y tomo citados, 118. D. Fernández Domingo, "Los Anales o Historia de Tortosa", Barcelona, 1867, 286.
(84) Rocafort, obra citada, 70 y siguientes.
(85) Ib., 51.
(86) lb., 80, 98. P. Madoz, "Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España" VI, Madrid, 1847, 115a. José Sánchez Adell, "El gobernador Bermúdez de Castro" en "Bol. de la Soc. Castellonense de Cultura", 25, 1949, 217.
(87) Rocafort, 70-77. Los números del texto que no tengan al pie de página la correspondiente nota remiten a los números del "Libro" del P. Rocafort. "Bol. de la Soc. castellonense de Cultura". 23, 1947, 302.
(88) J. Sanchís Alventosa, O. E. M., "Santo Espíritu del Monte. Historia del Real Monasterio". Valencia, 1948. Del Colegio de misioneros se trata en las páginas 83-128.
(89) Rocafort, págs. 71-2 ; núms. 202, 319, 144.
(90) "Bol. de la Soc. Castellonense de Cultura", 22, 1946, 460. Ib. Paginas 469-70, somera descripción y plano de la iglesia. Madoz obra citada, 116a.
(91) Rocarfort, obra citada, núm. 148. Sobre la familia Tirado, ib., pág. 21.
(92) J. Sánchez Adell, "EI gobernador Bermúdez de Castro,' en "Bol. de l a Soc. Castellonense de Cultura" 25, 1949, 219-20.
(93) lb., 214, 220. Rocafort, pág. 115.
(94) Sánchez Adell, 257.
(95) Rocafort señala varías veces las presencia de Salinas en Tortosa. Número 74: el 31 de marzo de 1792 "se restituyó a Tortosa". Núm. 208: en junio de 1800 residía en Tortosa. Núm. 213: regresó de Tortosa a Castellón a principios de octubre de 1800.
(96) R. O'Callaghan, "AIgunos apuntes de los Anales de Tortosa", Tortosa, 1911, 23.
(97) Epitafio en <